Suspende SSM 2 establecimientos que realizaban procedimientos estéticos fuera de norma
Morelia, Michoacán, a 7 febrero del 2019.- Como parte de la estrategia implementada por la Secretaría de Salud de Michoacán (SSM), para detectar establecimientos que ofertan procedimientos de cirugía plástica y estética sin instalaciones adecuadas, licencias sanitarias, cédulas profesionales y personal sin preparación académica y adiestramiento, en 2018 fueron suspendidos 2 consultorios estéticos.
A través de la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Coepris), luego de 24 verificaciones a igual número de consultorios donde ofrecen prestación de servicios estéticos, 2 fueron suspendidos y 1 más asegurado, dando así cumplimiento a la Ley General de Salud, que señala que cualquier establecimiento que ofrezca servicios de Cirugía Estética o practique actos quirúrgicos, el responsable sanitario y aquel que realice dichos actos quirúrgicos, deberá acreditar la licenciatura en Medicina, la especialidad en Cirugía General y en Cirugía Plástica Reconstructiva, así como estar certificados por el Consejo de la especialidad según corresponda.
En caso de que no se acredite lo anterior, deberá procederse a la suspensión total del establecimiento impidiendo el acceso al mismo.
La SSM se sumó así a la estrategia nacional de vigilancia a consultorios estéticos para prevenir riesgos a la salud, suspendiendo 2 establecimientos que ofrecían este tipo de servicios, por no contar con las instalaciones adecuadas ni los permisos sanitarios respectivos; y por carecer de cédulas profesionales que los acrediten como Cirujanos Plásticos y Reconstructivos.
Roberto Pablo Domínguez Aguirre, Subcomisionado Estatal de la Coepris recomendó a la población que va a practicarse algún procedimiento estético, que primero verifique que el médico esté certificado por la Asociación Mexicana de Cirugía Plástica, Estética y Reconstructiva (se puede consultar en el portal www.cofepris.gob.mx); que tenga cédula profesional a la vista, que el consultorio tenga licencia y responsable sanitario y que los medicamentos y el equipo médico tengan registro.
Así mismo, señaló que los procedimientos deben realizarse en un quirófano equipado y no en un consultorio médico; los requisitos básicos que deben cumplir las clínicas para cirugía plástica según la Ley General de Salud, son: contar con aviso de funcionamiento para operar, ser atendidos por profesionales de la salud con documentación que acredite su especialidad, el establecimiento debe de contar con licencia sanitaria y con un responsable sanitario con preparación acorde a la actividad del establecimiento.
A nivel nacional, abundó, los principales servicios que se suspenden son los que ofrecen abdominoplastías (remodelación y reafirmación de abdomen); blefaroplastias (cirugía de rejuvenecimiento de párpados y resección de piel); implantes de busto o mamoplastía de aumento; mamoplastía reductiva; mastopexia (elevación o remodelación de busto); dermolipectomía circular o «body lifting»; peeling; lipoescultura; liposucción; inyección de materiales de relleno, y reducción acelerada de peso.
La Coepris recomienda a la población que previamente a someterse a un tratamiento de cirugía estética, se asegure de identificar los siguientes puntos:
1. Que el establecimiento cuente con la licencia sanitaria para llevar a cabo actos quirúrgicos (debe estar a la vista del público).
2. Que el médico que realiza los procedimientos tenga especialidad en cirugía plástica.
3. Que el título profesional del médico cirujano se encuentre a la vista del público.
4. Que se cuente con un área quirúrgica separada y sin posibilidad de contaminación y acceso restringido.
5. Que el servicio de cirugía cuente con áreas delimitadas, esto es:
a. Un área negra, que es todo lo que se encuentra por fuera del servicio de cirugía, incluyendo el pasillo de tránsito y vestidores del personal de salud.
b. Un área gris, que es por donde el paciente ingresa al servicio de cirugía y se encuentra previo a las salas quirúrgicas. En esta área, el paciente ingresa sin familiares.
c. Un área blanca, donde se encuentran el o los quirófanos.
6. El quirófano debe cumplir con al menos, los siguientes puntos:
a. Que las paredes y pisos sean lisas, esto es, que no tengan salientes o ranuras que puedan acumular polvo o bacterias (no loseta).
b. Que cuente con una mesa especial para llevar a cabo cirugías y lámparas empotradas en el techo.
c. Que cuente con un equipo especial para dar anestesia a los pacientes, operado por un anestesiólogo titulado y con especialidad en la materia.
7. Se deberá contar con un área de recuperación post-cirugía.
8. Los medicamentos deberán presentar registro sanitario, etiquetas en español, no deberán estar caducos ni deberán suministrarse de manera fraccionada.