Espectro Radioeléctrico para la Cobertura Universal
Ernesto Piedras | Samuel Bautista
Uno de los aspectos más controvertidos de la Ley Federal de Derechos propuesta por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) es el incremento en los cobros y el establecimiento de nuevos derechos sobre el espectro radioeléctrico.
El debate radica en que este recurso natural es un insumo esencial para el despliegue de redes de telecomunicaciones de última generación (5G) y para la provisión de cobertura para alcanzar el escenario de pleno acceso a internet que se vuelve infranqueable con una política fiscal que privilegia fines recaudatorios.
Recientemente, la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados dictaminó la propuesta de la SHCP que, a su vez, fue aprobada por el Pleno del órgano legislativo y fue turnada al Senado de la República.
Este proyecto de ley escuchó y con mucha atención las voces de la sociedad civil organizada, de los operadores de telecomunicaciones y de autoridades sectoriales, tal que sufrió una modificación en el costo anual de los derechos para el uso de la banda de 800MHz que, a diferencia de la propuesta de la SHCP que estipulaba un incremento de 56.5%, estableció un aumento de 3.5%, prácticamente al mismo nivel que la inflación general de la economía.
Si bien esta decisión de la Cámara Diputados demuestra entendimiento sobre el impacto del cobro de derechos en el acceso y aprovechamiento de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), es insuficiente, al menos desde la perspectiva internacional.
Al analizar los cobros de derechos por el uso de espectro establecidos por otras economías, a partir de un estudio reciente en la materia y compararlos con los montos aprobados por los diputados, estos últimos, en el caso de la banda de 850 MHz, se encuentran 4 veces por encima de la media internacional.[1]
Pago de Derechos Aprobado en C. de Diputados y Ley Federal de Derechos 2020:
Banda 850 MHz, 600 MHz y 3.5 GHz
Fuente: The Competitive Intelligence Unit con información del dictamen aprobado
por Comisión de Hacienda y Crédito Púbico de la C. de Diputados
Por otro lado, los nuevos derechos creados quedaron intactos en el dictamen de la Comisión y, por lo tanto, continúan siendo extraordinariamente superiores que sus referentes internacionales. De forma tal que, en la banda de 600 MHz, los derechos se encuentran 10 veces por encima de la media de países del referente internacional.
Asimismo, en la banda de 3.5 GHz, los derechos son 3 veces mayores.
A pesar de los ajustes a la baja definidos por la C. de Diputados, un esquema de derechos como el propuesto incrementará el costo de llevar cobertura en los lugares donde es escasa o inexistente, es decir, los operadores destinarían un monto excesivo por el pago de derechos por el uso de espectro que acotaría la capacidad financiera para invertir en despliegues de redes de nueva generación.
Ello bajo un contexto en el que 52% de las localidades del país, donde habitan 12 millones de mexicanos, aún se encuentran sin cobertura de internet fijo o de redes móviles 3G y 4G, de acuerdo con el Programa de Cobertura Social de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
Sin duda, es un error supeditar el derecho de acceso a las TIC a las necesidades recaudatorias del poder Ejecutivo. Es imperativo reconocer que la política fiscal de una nación, más allá de ser un simple asiento contable, constituye un instrumento para la promoción del crecimiento económico, del desarrollo, de equidad e inclusión social que, en el contexto de la pandemia por COVID-19, requiere más que nunca incluir mecanismos aceleradores para alcanzar una sociedad ampliamente conectada.
[1] Aetha, “Estudio sobre la valuación y determinación de derechos de espectro para bandas IMT en México. Informe para el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) de México”. México, 20 de diciembre de 2018. Disponible en: https://bit.ly/3mdL1Ry