Sala Toluca del TEPJF echa abajo elección de diputado local en Tacámbaro

Por vulnerase los principios de legalidad y equidad en la contienda al presentarse errores en las boletas electorales, la Sala Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) echó abajo esta noche la elección de la diputación local en Tacámbaro.

En una responsabilidad calificada como grave y atribuible al Instituto Electoral de Michoacán (IEM), por mayoría de votos los magistrados determinaron anular la elección debido a que se distribuyeron dos boletas diferentes en la elección distrital de Tacámbaro, y se suprimió al partido Fuerza Ciudadana de éstas

En el distrito de Tacámbaro había resultado ganadora la candidatura postulada por PAN, PRD y PRI con Oscar Escobar Ledesma a la cabeza.

El proyecto de sentencia fue elaborado por la magistrada Marcela Fernández Domínguez a partir del juicio ST-JRC-139/2021 promovido por Fuerza Ciudadana, al que se acumuló el ST-JRC-138/2021 promovido por Morena.

Al razonar su voto en contra del proyecto el magistrado Alejandro David Avante Juárez, consideró que el error en las boletas no resulta determinante para anular la elección, “el problema se presentó en cuatro municipios, Ario, Madero, Taretan y Turicato; Talleres Gráficos de México dijo que había sustituido las boletas y que quizá por error se quedaron algunas de la primera impresión.

“¿Qué llevaría a suponer que en Tacámbaro la votación de Fuerza por México sería totalmente atípica que la que tuvo en el resto de las elecciones?; tendría que existir un razonamiento lógico acerca de que este error cambió el resultado de la elección. Yo no tengo forma de poner en duda que los votos para el primero y segundo lugar deben quedar sin efectos”.

Por su parte el magistrado Juan Carlos Silva Adaya, cuestionó: “¿cuántas veces tendremos que enfrentar algo así que disculpar los errores que trascienden a las decisiones de los electores”, al tiempo que apuntó que el tema a ponderar es la igual protección de la Ley, si se debe invisibilizar y anular a un partido, “tú no puedes competir en igualdad de condiciones porque vas en una circunstancia que te coloca en completa desventaja.

“Este no es un tema de vamos a proteger a las mayorías y que éstas se avasallen, también se debe proteger a las minorías. ¿Hasta cuándo un Tribunal va a tomar decisiones que permitan remediar esta circunstancias?, me parece que la herramienta es la nulidad”.

A su vez la magistrada Marcela Fernández Domínguez, apuntó que de entrada llama la atención que existieran dos boletas electorales diferentes, “me parece desaseo, se trata de una sola elección, para mí esto no tiene explicación; cuando se elimina una opción política se trasgrede el derecho del partido político, cuando sus candidata aparece con otro emblema de partido, se vulneran también sus derechos, como también se hacen con los del electorado.

Refirió que al IEM “se le encomienda organizar las elecciones y por eso mismo se establecen los principios que rigen su función, los que debe de cumplir y vigilar que se cumplan. Si la propia autoridad no vigila esta situación, se vulneran principios y no existe posibilidad de tener seguridad de que estamos frente a una elección auténtica”.

Fernández Domínguez  recalcó que cuando es la propia autoridad la que hace que los principios se vulneren es de mayor gravedad, “la determinancia no es cuantitativa sino cualitativa. Este no es un tema de partidos políticos que han demostrado tener una representatividad importante, estas exigencias tienen que cumplirse y vigilarse en relación a todos los partidos políticos”, apuntó.

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