Gracias a Morena, partidos tendrán “guardaditos” millonarios para otros años

Luego de que Morena realizó un proceso legal, el Tribunal Electoral validó a los partidos hacer los guardaditos; pero los magistrados alertan que la modalidad podría generar inequidad.

Morena regresa recursos
Mario Delgado promovió un mecanismo de regreso de recursos que al final le permitió hacer un ahorro. (Foto: archivo/ Morena)

A partir de este 2023 las fuerzas políticas podrán acumular el monto de sus financiamientos nacional y estatales para administrarlos en fideicomisos y así evitar que al fin de año tengan remanentes que deban devolver al erario, todo gracias a un proceso legal que comenzó Morena desde el año 2019.

El uso de ese instrumento financiero será permitido con ese fin pese a que la Ley de Austeridad Republicana prohíbe los fideicomisos, y establece que “bajo ninguna circunstancia se podrán hacer aportaciones, transferencias o pagos de cualquier naturaleza utilizando instrumentos que permitan evadir las reglas de disciplina financiera, transparencia y fiscalización del gasto”.

Esa figura ha sido condenada por el presidente Andrés Manuel López Obrador, quien ha promovido su extinción en casi todas las áreas de la administración pública, pero durante dos años Morena litigó judicialmente y ganó el derecho a hacer guardaditos mediante esa vía, lo que ahora podrá aplicar este 2023 con vistas a las elecciones de 2024 , año de elección presidencial.

La situación beneficiará a todos los partidos, aunque recibirán mucho menos financiamiento: en conjunto tendrán casi 6,200 millones de pesos en 2023 provenientes de recursos federales y una suma similar de financiamientos estatales.

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En cambio, Morena por sí sola, como principal fuerza política del país, contará este año con 1,909 millones de pesos de financiamiento público federal, además de casi otros 1,700 millones de pesos provenientes de sus Comités Ejecutivos Estatales (CEE).

En total, gozará de casi 3,400 millones de pesos, mismos a partir de este año ya podría concentrar en su Comité Ejecutivo Nacional (CEN) y ejercerlos multianualmente gracias a una sentencia emitida el 12 de junio pasado por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Con esa sentencia, resultó ya innecesario reformar, como estaba previsto en el Plan B de reforma electoral, la Ley de Partidos Políticos para permitir que estos puedan «utilizar los remanentes de sus recursos públicos y privados para los fines que constitucionalmente les fueron otorgados en subsecuentes ejercicios fiscales, así como también podrán utilizarlos para la elección federal o local siguiente”, cambio que se frenó al final.

La historia del primer guardadito de Morena

En 2019, la entonces dirigente de Morena, Yeidkcol Polenvsky, anunció que Morena renunciaría a 75% de sus recursos de 2020, aunque eso comenzó a aplicarse a principios de ese año, la decisión fue revocada por el TEPJF pues el Consejo General del INE debió aprobar la medida y eso no ocurrió.

Después, por conflictos internos y porque Morena se resistió a hacerlo conforme a las reglas establecidas por el INE que marcaban la renuncia a los recursos previo a su entrega al partido, no se llevó acabo esa devolución.

En agosto de 2021, el dirigente Mario Delgado ofreció la devolución de una parte del financiamiento de Morena, aunque luego litigó la forma de hacerlo, pues incumplió los lineamientos del INE en la materia.https://57a12c64a561c88fbd0b0da1e4e45d5d.safeframe.googlesyndication.com/safeframe/1-0-40/html/container.html

En 2022, contrario al ofrecimiento de devolución de la mitad de su financiamiento, Morena cerró el año con los casi 1,700 millones de pesos de prerrogativas que le corresponden en la bolsa –menos multas– pero con la autorización judicial para en un futuro poder generar un “guardadito” vía fideicomisos, instrumento financiero que ese mismo partido ha cuestionado por ser presunto generador de opacidad y corrupción.

Además, el año pasado, a diferencia de otros tiempos en que ese partido fue insistente en su ofrecimiento de que devolvería al menos la mitad de sus recursos ordinarios, es decir 850 millones de pesos de casi 1,700 millones de pesos, Morena dedicó parte de sus esfuerzos en modificar la ley para que los partidos pudieran regresar sus recursos al erario directamente, sin mediación del INE.

Con su mayoría, logró modificar la Ley General de Partidos Políticos y a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria para hacer esto realidad, y esas enmiendas entraron en vigor el 28 de febrero pasado, pero no ha ejercido esa nueva posibilidad.

El 4 de julio pasado el dirigente nacional, Mario Delgado, afirmó en rueda de prensa “esa es nuestra política siempre, devolver la mitad de la prerrogativa ordinaria”.

Pero el año concluyó sin que esa promesa se materializara. Sin embargo, aún tiene hasta el 2 de marzo, en que entregue su informe de ingresos y gastos de 2022, para tramitar el reintegro, según las reformas aprobadas.

Pero contrario a ello, desde 2021 y durante parte del 2022 ese partido impugnó ante el TEPJF la decisión del INE por la que se le ordenó devolver 144,700 millones de pesos que no ejerció en 2020 y debió regresar.

El Tribunal Electoral le ordenó en junio hacer esa devolución, pero en cambio validó la decisión de ese partido de crear un «guardadito» mediante un fideicomiso.

Vía ese instrumento financiero, ahora podrá guardar recursos para contar, en año de elección federal, con más de los que debería tener en esa elección, lo que podría impactar en la equidad en la competencia política, según alertaron magistrados electorales en esa sesión.

El «guardadito»

Para impedir el mal uso de los recursos, desde 2015 los partidos están obligados a devolver a la Tesofe el financiamiento de campaña que no hubieran ejercido, y desde 2018 también estaban obligados a regresar los recursos públicos que cada año reciben para actividades ordinarias y específicas pero que no emplearan en el año en el que lo recibieron, así como todo monto de recurso cuyo gasto no comprobaran.

Esas normas fueron establecidas por el TEPJF en las sentencias SUP-RAP-647/2015 y RAP-758/2017 emitidas, se dijo, en aras de los principios de “austeridad, racionalidad, anualidad y rendición de cuentas de los partidos políticos” y siendo Morena el partido que peleó porque fueran realidad esas devoluciones, en ese entonces siendo partido de oposición.

Pero ya siendo gobierno, en 2020 el partido no devolvió por voluntad propia ningún recurso y evitó el reintegro al que sí estaba obligado por esas sentencias, gracias a que creó un fideicomiso exprés para guardar recursos que no usó.

El 28 de diciembre del 2020, dos días antes de que terminara el año y con ello venciera el plazo para ejercer el total de su financiamiento nacional y local, o verse obligado a devolverlo a la Tesorería de la Federación (Tesofe), Morena constituyó un fideicomiso de administración e inversión con BBVA Bancomer, S. A. para guardar los recursos no erogados.

En esa cuenta, concentró recursos acumulados a nivel nacional y de 20 entidades, y según el convenio, firmado por la dirigencia nacional morenista –menos de un mes después de que asumiera Mario Delgado como su presidente–, el dinero sería para la compra de inmuebles o la remodelación de estos.

Delgado apenas había tomado posesión el 5 de noviembre de ese año así que prácticamente una de sus primeras decisiones fue retener los recursos, pero en el convenio sí establecieron los montos que aportaría cada Comité Ejecutivo Estatal (CEE) y se determinó que estos definirían el lugar, monto y características del inmueble que adquiriría o remodelaría.

Así al año siguiente, en 2021, si se adquirieron cinco inmuebles ubicados en Baja California Sur, Ciudad de México, Tamaulipas y Morelos.

Eso fue gracias a que en 2020 y 2021 el CEN de Morena recibió de los comités de los estados 297 millones 398,000 pesos en transferencias y en ese mismo periodo recibió otros 75 millones 63,000 pesos de pesos en transferencias en efectivo o en especie, pero que se emplearon para adquirir inmuebles.

Sin embargo, de acuerdo a la revisión que hizo el INE al ejercicio 2020, de los 733,239 millones de pesos que recibió el CEN de Morena en transferencias “no justificó para qué fueron utilizadas”.

Con esa operación Morena libró la devolución a la Tesofe de los recursos provenientes de transferencias de los CEE, basado en que el Reglamento de Fiscalización del INE emitido en 2018 –por orden del TEPJF– permitió que los partidos pudieran administrar sus recursos vía fideicomiso y ejercerlos en el ejercicio fiscal futuro, pero exclusivamente para garantizar los derechos de terceros frente a los compromisos de pago ya adquiridos por los partidos.

Así, los fideicomisos de los partidos ya habían sido regulados pero se preveía su creación solamente para administrar reservas que garantizaran pagos ya comprometidos a proveedores, remodelaciones o compra de inmuebles, pasivos laborales o contingencias, pero no estaba permitido que también se acumularan recursos de los 32 CEE partidistas.

De acuerdo al mismo Reglamento, esa concentración en el CEN de dinero de los CEE sólo podría hacerse “exclusivamente para el pago de proveedores y prestadores de servicios” o bien para el pago de impuestos locales o gastos en beneficio de campañas locales.

Es decir, ese instrumento financiero podría generarse para saldar pagos pendientes con proveedores, pagar por remodelaciones o compra de inmuebles, hacer frente a pasivos laborales o contingencias, pero siempre que fueran recursos ya comprometidos y registrados en sus cuentas.

Las nuevas reglas

Con su resolución del 12 de junio, con voto dividido de los magistrados, la Sala Superior del TEPJF autorizó que los partidos políticos pueden crear fideicomisos con los remanentes del gasto ordinario y sobre todo con concentración de recursos estatales, incluso como un mecanismo de ahorro a futuro.

De acuerdo a los magistrados el uso de fideicomisos sí impedirá que los recursos reservados sean utilizados para fines distintos para los cuales fueron destinados y se posibilitará la rendición de cuentas de los partidos políticos.

Es jurídicamente válida esa fórmula, pues “la creación de dicho fondo sigue formando parte del patrimonio del Partido Político y está destinado a un fin lícito”, según la sentencia.

La mayoría de los magistrados concluyó que derivado de una interpretación de las normas que rigen el sistema de fiscalización de los partidos, “se desprende que los partidos políticos sí pueden generar ahorros a través de un fideicomiso para la compra de bienes inmuebles”.

“El fideicomiso es un instrumento jurídico que goza de idoneidad para efectos de fiscalización por parte del INE, pues permite que los recursos queden bajo el resguardo de un ente (entidad fiduciaria) que cuenta con solvencia para respaldar las cantidades entregadas, aunado a que se encuentran regulados por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, lo que impide que los recursos reservados sean utilizados para fines distintos”.

Sin embargo, gracias a la sentencia del TEPJF los partidos quedaron en un régimen de excepción que les permitirá no estar sujetos al principio de anualidad que rige la administración de recursos.

De acuerdo a la ley éstos siempre deben emplearse en el periodo anual para el que fueron asignados, pero en el caso de las fuerzas políticas éstas sí podrán erogarlos en ejercicios posteriores.

Así este 2023 los partidos políticos contarán con más flexibilidad en el uso de su financiamiento, pues podrán devolver directamente recursos a la Tesofe, pero sobre todo porque gracias a Morena podrán generar “guardaditos” vía fideicomisos, y ejercerlos no sólo durante el ejercicio fiscal en curso, sino a futuro.

Los riesgos

Sin embargo, un bloque de tres magistrados alertaron sobre los riesgos de la decisión.

En términos generales, advirtieron que se podría incentivar en el futuro la acumulación de recursos partidistas para ejercicios futuros; fraudes a la ley, y dejar fuera de la fiscalización anual millonarios recursos partidistas, además de abrir el margen a la utilización indebida de recursos.

De acuerdo a los magistrados Reyes Rodríguez Mondragón, presidente del Tribunal, y Janine M. Otálora, permitir que los recursos públicos locales para los partidos sean transferidos sin limitaciones ocasionaría inequidad entre los partidos y complicará la fiscalización y la rendición de cuentas ya que, expusieron, “no sería comprobable en la fiscalización del año para el cual se otorgaron los recursos que efectivamente se transfirieron para el pago de alguno de los conceptos permitido”.

Con la decisión se impedirá –a juicio de ambos juzgadores– que la distribución de los recursos públicos a los partidos sea equitativa para garantizar la imparcialidad, pues los partidos podrán retener recursos y ejercerlos conforme a sus estrategias electorales para ejercicios futuros.

Además porque en cada entidad cada partido recibe diferentes montos de financiamiento, conforme a su padrón o número de legisladores, por ejemplo, pero al concentrar recursos y luego ejercerlos sin normas podría modificarse ese equilibrio en la competencia que los partidos tienen en cada estado.

Ahora con la decisión -expusieron en su voto particular- “se validó un instrumento, un fideicomiso, que permite evadir las reglas de disciplina financiera, transparencia y fiscalización del gasto que establece la ley en materia electoral y al control del INE y rompe el esquema de ejercicio del gasto público, rendición de cuentas y fiscalización”.

La sentencia, evidenciaron, contradijo los criterios que el mismo Tribunal había tenido desde 2015 y permitirá que los partidos no ejerzan su financiamiento para lo que es: operación ordinaria, así como para tareas de educación, capacitación, investigación socioeconómica y política, o bien a labores editoriales y para el liderazgo político de las mujeres.

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“Se permitió de manera indebida crear mecanismos para eludir el reintegro de los recursos, lo cual contraviene al principio de anualidad y austeridad, así como a la administración eficiente y transparente de los recursos públicos. En esas condiciones, el criterio mayoritario puede incentivar fraudes a la Constitución”, alertaron en su voto particular ambos magistrados.

En tanto, también en su voto particular, la magistrada Aralí Soto Fragoso planteó indispensable la reglamentación de los mecanismos para crear fideicomisos de los partidos con recursos estatales.

Entre otros elementos planteó necesario poner límite de aportaciones por ejercicio fiscal, por ejemplo que los CCE no remitieran al CEN más del 10% de sus remanentes, pues de lo contrario podrían entregarse montos ilimitados solamente con el fin de no devolver recursos.

Además, se requeriría que los montos y rendimientos aportados por un Comité estatal no se puedan destinar a otras entidades.

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