Piden que funcionarios comprueben que no son deudores alimentarios

Un nuevo requisito tendrían que cumplir los funcionarios de primer nivel, el de no ser deudor alimentario, de acuerdo con la propuesta presentada la diputada Lariza Pérez.

Se trata de una adición al artículo 13 de la Ley de la Administración Pública para garantizar el derecho a la alimentación de sus dependientes, por lo que no podrían ser morosos, salvo que se acredite el debido cumplimiento de tal obligación, ya sea mediante la cancelación de la deuda o el trámite de descuento correspondiente.

La diputada del Partido Acción Nacional plantea que los servidores públicos, deberán presentar a la Secretaría de Contraloría el documento idóneo para acreditar que no son deudores alimentarios morosos, en un plazo improrrogable de 60 días de haber sido designados.

abstract infographics options number workflow template design

En caso de no cumplir con lo anterior, la Secretaría de Contraloría iniciará el procedimiento administrativo conducente de manera oficiosa Si algún servidor público incumple con lo anterior, el Gobernador lo relevará de su cargo de manera inmediata para ser sustituido por la persona que no se encuentre en el supuesto, se indica en la iniciativa de ley presentada a la Mesa Directiva y en espera de turno para presentarse ante el pleno de la 75 Legislatura.

Argumenta la legisladora que su propuesta no constituye una violación al derecho al trabajo ni a ocupar cargos públicos, ya que el pasado 5 de octubre, la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió la Acción de Inconstitucionalidad 126/2021, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, mediante la cual se impugnó el requisito de no ser deudor moroso alimentario para ocupar cargos de primer nivel en el Estado de Hidalgo.

La Corte lo resolvió así, ya que consideró que tal requisito persigue un bien legítimo tutelado por la Constitución, que es garantizar el derecho a la alimentación digna, adecuada y suficiente. 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *