Gobernador de Michoacán envía iniciativas para subsanar extinción del IMAIP

Tres iniciativas para corregir el vació legal en transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales
Una reforma constitucional extinguió en 2025 el Instituto Michoacano de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (IMAIP). Para subsanar el vacío jurídico, el gobernador Alfredo Ramírez Bedolla envió tres iniciativas al Congreso del estado. Su recepción está programada para este miércoles 25 de febrero de 2026.
Una de éstas es la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados. Su objetivo es regular el tratamiento de este tipo de datos, en sintonía con la “simplificación institucional“ que estaba en el espíritu de la reforma, esto es, evitar la duplicidad de funciones y ahorrar recursos.
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Este rediseño normativo permite eliminar duplicidades orgánicas, racionalizar funciones públicas y fortalecer la rendición de cuentas.Iniciativa de ley del gobernador Alfredo Ramírez Bedolla
De aprobarse la iniciativa, la protección de datos personales ya no sería un derecho tutelado por el IMAIP, sino por los órganos internos de control (OIC) o contralorías de las diferentes instituciones públicas estatales, de los tres poderes del estado, y de los organismos autónomos.
Las autoridades deberán requerir siempre el consentimiento de la persona titular del derecho, para dar tratamiento a sus datos personales, con algunas excepciones, como cuando haya órdenes judiciales de por medio, exista el riesgo de que alguien pueda sufrir algún daño o ante el reporte de una desaparición.
Cuando exista una orden judicial, resolución o mandato fundado y motivado de autoridad competente.Iniciativa de ley del gobernador Alfredo Ramírez Bedolla
Asimismo, una entidad podrá transferir a otra los datos personales de alguien sin su consentimiento, por ejemplo, cuando esto abone a la investigación o persecución de algún delito o para procurar o administrar justicia, y cuando sea necesario por razones de seguridad nacional.

Se impondrá sanciones a quien sustraiga, divulgue, oculte, altere, mutile, destruya o inutilice, total o parcialmente y de manera indebida, los datos personales que se encuentren bajo su custodia. Hay otras conductas que se sancionarán, y se hará según criterios de gravedad y reincidencia.
Ramírez Bedolla propone Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública en Michoacán
La segunda es una iniciativa de Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Esta regularía de manera integral los principios, bases y procedimientos que rigen estos derecho de la ciudadanía, cuando la información esté en posesión de las instituciones del orden estatal.
Los órganos garantes serán, ante la extinción del IMAIP, los OIC de los poderes del estado, y de los organismos autónomos, todos los cuales estarán coordinados y supervisados por un Subsistema de Transparencia de Michoacán, instancia de nueva creación.
El Subsistema de Transparencia de Michoacán, funcionará por conducto de un Comité, y a través de su Presidencia, formará parte del Consejo Nacional.Iniciativa de ley del gobernador Alfredo Ramírez Bedolla
Este subsistema funcionará a través de un Comité, presidido por el titular de la Secretaría de Contraloría del Estado de Michoacán (Secoem), y conformado por un representante de cada órgano garante: Ejecutivo, Legislativo, Judicial, los seis organismos autónomos y las contralorías de dos municipios.
La redacción reconoce el derecho humano de acceso a la información y establece que toda la que esté en posesión de sujetos obligados “es pública y accesible a cualquier persona“, y se debe procurar en formatos que sean útiles y comprensibles para todos los sectores de la población.
La norma incorpora un enfoque de transparencia con sentido social, orientado a que la información pública sea útil, comprensible y relevante para la población.Iniciativa de ley del gobernador Alfredo Ramírez Bedolla
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Entre otras disposiciones, la iniciativa establece cuáles son los documentos que, de entrada, los sujetos obligados deben tener a disposición de la ciudadanía, como su marco normativo, su estructura orgánica, su directorio, indicadores de interés público y todo tipo de gastos y remuneraciones.
Asimismo, establece un plazo de hasta 20 días para que un sujeto obligado dé respuesta a una solicitud de información. No establece si los días son naturales o hábiles. Por otro lado, también detalla el procedimiento para interponer una denuncia por la falta de una respuesta satisfactoria.
La respuesta a la solicitud deberá ser notificada a la persona interesada en el menor tiempo posible, que no podrá exceder de veinte días, contados a partir del día siguiente a la presentación de aquélla.Iniciativa de ley del gobernador Alfredo Ramírez Bedolla
Prevé la posibilidad de reservar publicaciones. En casi todos los casos, el criterio es este: podrán reservarse si divulgar su contenido puede resultar más dañino que reservarlo. Entre otros supuestos, está aquel en que la información sea sobre estudios o proyectos públicos.
Cuando se trate de información sobre estudios y proyectos cuya divulgación pueda causar daños al interés del Estado o suponga un riesgo para su realización.Iniciativa de ley del gobernador Alfredo Ramírez Bedolla
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Hay una tercera iniciativa de reforma que será presentado este miércoles 25 de febrero. Se trata de una que amplía las facultades de la Secoem, para que asuma sus nuevas responsabilidades en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales.
Cabe recordar que en 2024 se extinguió el Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI), lo que llevó a los estados a armonizar su marco jurídico local. Así, en marzo de 2025 se declaró la extinción del IMAIP y se dio un plazo para que se subsanara el vacío, a más tardar en octubre de aquel año, plazo ya rebasado.